Adaptación de la Resolución 13437 de 1991
En la IPS Fisiocenter, todo paciente debe ejercer sin restricciones por motivo de raza, sexo, edad, idioma, religión, ideologías políticas o de cualquier índole, posición económica o condición social su derecho a:
- Recibir la mejor atención en los servicios de salud en forma adecuada y oportuna.
- Recibir una atención con calidad por parte de un equipo de salud entrenado y competente.
- Ser atendido sin ningún tipo de discriminación y recibir un trato digno, amable y cortés.
- Disfrutar de una comunicación plena y clara con el personal tratante, apropiada a sus condiciones psicológicas y culturales, que le permita obtener toda la información necesaria con respecto a la enfermedad que padece. Los procedimientos y tratamientos que se les vayan a practicar, el pronóstico y riesgos que conlleve el tratamiento.
- Plantear las inquietudes sobre su situación de salud y que estas se le aclaren suficientemente.
- Que se le elabore y conserve una historia clínica integral veraz y legible, como instrumento para coordinar, facilitar y evaluar su atención.
- La custodia de su historia clínica y a que la información allí consignada no sea conocida por terceros, dentro del respeto de las normas éticas, legales y administrativas.
- Morir dignamente y a que se le respete su voluntad de permitir que el proceso de la muerte siga su curso natural en la fase terminal de su enfermedad.

